Micelio
Auto3 de octubre de 2017

A- de 2017

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Sala Plena

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Sala Plena de la Corporación había decido asumir, para efectos de unificación jurisprudencial, el conocimiento del expediente de tutela de la referencia.

Como quiera que el Magistrado Sustanciador informó sobre pruebas allegadas que dan cuenta de la carencia actual de objeto por hecho superado, se decide poner el expediente a disposición de la Sala Primera de Revisión para que continúe con el trámite respectivo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. PONER el expediente T-6.188.055 a disposición de la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, de acuerdo con la decisión adoptada en sesión de hoy, 3 de octubre de 2017.
  2. Segundo. En consecuencia, LEVANTAR LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS inserta en el auto de 24 de agosto de 2017.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela